Recursos y noticias para la comunidad profesional del medio ambiente, la sostenibilidad y el patrimonio natural
Mostrando entradas con la etiqueta costas. Mostrar todas las entradas
Mostrando entradas con la etiqueta costas. Mostrar todas las entradas
Arias Cañete anuncia como retos del Ministerio: un gran Pacto Nacional del Agua, la reforma de la Ley de Costas , la simplificación de la normativa en
Avanza, igualmente, la reforma de la Ley de Costas para “armonizar el desarrollo económico con la protección de los recursos naturales”.
La simplificación de la normativa en materia de medioambiental será una de las prioridades del departamento.
El cambio climático y las políticas de reducción de emisiones, entre las líneas de trabajo fundamentales del departamento.
El Ministro de Agricultura, Alimentación y Medio Ambiente, Miguel Arias Cañete, ha señalado que la reforma de la Ley de Costas y la consecución de un gran pacto nacional del Agua son dos de los retos más importantes del Ministerio. Así lo ha anunciado el ministro Arias Cañete en el acto de toma de posesión de altos cargos de la secretaria de Estado de Medio Ambiente.
En el transcurso de su intervención, el ministro ha prestado especial atención a la colaboración entre las distintas administraciones para lograr alcanzar un Gran Pacto Nacional del Agua, con el que se asegure un “abastecimiento de calidad y el mantenimiento de todos los ecosistemas ligados al agua. El fomento de la utilización del agua reciclada, la explotación ordenada del agua subterránea u otras técnicas se sumarán a la gestión eficiente recursos hídricos superficiales, la base actual de nuestro suministro”.
Esta ha sido uno de los puntos destacados donde ha incidido Miguel Arias Cañete en la presentación hoy, junto al secretario de Estado de Medio Ambiente, Federico Ramos de Armas, de las líneas generales de su política medioambiental. “Este Ministerio va a trabajar para crear un punto de encuentro y diálogo de todos los actores implicados en la protección del Medio Ambiente”, ha asegurado el ministro.
Arias Cañete ha asumido el compromiso de la defensa y representación, tanto dentro como fuera de España, de los intereses de las empresas españolas cuyas actividades tienen una especial incidencia ambiental. En este sentido, y con el fin de que no se conviertan en un freno para posibles inversiones, “agilizaremos los trámites administrativos y simplificaremos la normativa en materia medioambiental cumpliendo escrupulosamente todas las garantías exigibles”, ha añadido.
La reforma de la Ley de Costas será una de las prioridades para el departamento que dirige Arias Cañete. Una reforma que supondrá un análisis riguroso de los usos del mar territorial “de manera que logremos armonizar el desarrollo económico con la decidida protección de nuestros recursos naturales”, ha puntualizado.
El ministro ha confirmado que el Cambio Climático será otra de las líneas de trabajo fundamentales.
Asimismo, ha insistido en la necesidad de “poner en valor” el conjunto de las costas y playas españolas.
“Los ciudadanos tienen que conocer los valores medioambientales de nuestro litoral, su potencial turístico en base siempre al cumplimiento de los criterios de sostenibilidad ambiental”, ha explicado.
“En definitiva, la política medioambiental que desde el Ministerio acometeremos con este equipo de trabajo promoverá la participación, facilitará la gestión administrativa y pondrá en valor los recursos que componen nuestro medioambiente que es, en definitiva, nuestro patrimonio natural”, ha concluido el ministro de Agricultura, Alimentación y Medio Ambiente.
FUENTE: MARM.ES
La simplificación de la normativa en materia de medioambiental será una de las prioridades del departamento.
El cambio climático y las políticas de reducción de emisiones, entre las líneas de trabajo fundamentales del departamento.
El Ministro de Agricultura, Alimentación y Medio Ambiente, Miguel Arias Cañete, ha señalado que la reforma de la Ley de Costas y la consecución de un gran pacto nacional del Agua son dos de los retos más importantes del Ministerio. Así lo ha anunciado el ministro Arias Cañete en el acto de toma de posesión de altos cargos de la secretaria de Estado de Medio Ambiente.
En el transcurso de su intervención, el ministro ha prestado especial atención a la colaboración entre las distintas administraciones para lograr alcanzar un Gran Pacto Nacional del Agua, con el que se asegure un “abastecimiento de calidad y el mantenimiento de todos los ecosistemas ligados al agua. El fomento de la utilización del agua reciclada, la explotación ordenada del agua subterránea u otras técnicas se sumarán a la gestión eficiente recursos hídricos superficiales, la base actual de nuestro suministro”.
Esta ha sido uno de los puntos destacados donde ha incidido Miguel Arias Cañete en la presentación hoy, junto al secretario de Estado de Medio Ambiente, Federico Ramos de Armas, de las líneas generales de su política medioambiental. “Este Ministerio va a trabajar para crear un punto de encuentro y diálogo de todos los actores implicados en la protección del Medio Ambiente”, ha asegurado el ministro.
Arias Cañete ha asumido el compromiso de la defensa y representación, tanto dentro como fuera de España, de los intereses de las empresas españolas cuyas actividades tienen una especial incidencia ambiental. En este sentido, y con el fin de que no se conviertan en un freno para posibles inversiones, “agilizaremos los trámites administrativos y simplificaremos la normativa en materia medioambiental cumpliendo escrupulosamente todas las garantías exigibles”, ha añadido.
La reforma de la Ley de Costas será una de las prioridades para el departamento que dirige Arias Cañete. Una reforma que supondrá un análisis riguroso de los usos del mar territorial “de manera que logremos armonizar el desarrollo económico con la decidida protección de nuestros recursos naturales”, ha puntualizado.
El ministro ha confirmado que el Cambio Climático será otra de las líneas de trabajo fundamentales.
Asimismo, ha insistido en la necesidad de “poner en valor” el conjunto de las costas y playas españolas.
“Los ciudadanos tienen que conocer los valores medioambientales de nuestro litoral, su potencial turístico en base siempre al cumplimiento de los criterios de sostenibilidad ambiental”, ha explicado.
“En definitiva, la política medioambiental que desde el Ministerio acometeremos con este equipo de trabajo promoverá la participación, facilitará la gestión administrativa y pondrá en valor los recursos que componen nuestro medioambiente que es, en definitiva, nuestro patrimonio natural”, ha concluido el ministro de Agricultura, Alimentación y Medio Ambiente.
FUENTE: MARM.ES
El Supremo desestima el recurso interpuesto por la Junta de Andalucía por el Algarrobico
Hotel de El Algarrobico
Publicado el 04-10-2011 13:05
TELEPRENSA.- La Sección Quinta de la Sala de lo Contencioso-Administrativo del Tribunal Supremo ha desestimado el recuso de casación interpuesto por la Letrada de la Junta de Andalucía, contra los autos, de fechas 25 de noviembre de 2008 y 17 de marzo de 2009 del Tribunal Superior de Justicia de Andalucía (TSJA), por lo que se mantiene la suspensión cautelar parcial del Plan de Ordenación de Recursos Naturales (PORN) de Cabo de Gata-Níjar, decretada por el Tribunal Superior de Justicia de Andalucía (TJSA), lo que podría modificar el nivel de protección ambiental del AlgarrobicoEl TSJA decretó la suspensión de este PORN al entender que podría rehabilitar inmuebles turísticos como el hotel promovido en El Algarrobico por la mercantil Azata del Sol, en el que una docena de activistas de Greenpeace ha instalado esta mañana una delegación temporal de la organización ecologista.
La Junta de Andalucía interpuso en 2008 en recurso de casación contra este auto del TSJA, que acordó suspender parcialmente dicho PORN ordenó a la administración regional que mantuviese el grado de protección previo de El Algarrobico.
El Supremo dice en su sentencia que “el hecho de que no se acoja o ampare, al tiempo de resolver el incidente de medidas cautelares, la tesis de la Administración autora de la norma suspendida, no implica que se haya preterido el interés público más digno de protección, sino que, por el contrario, dicho Tribunal de instancia ha entendido y explicado claramente que es precisamente el interés público en proteger el medio físico el que aconseja la suspensión acordada, ya que, de una somera interpretación de los preceptos acorde con este momento de impartir justicia preventiva, llega a la conclusión de que el sector, respecto del que se suspende la aplicación de la norma impugnada, queda mejor amparado mediante las determinaciones del Plan de Ordenación de los Recursos Naturales de 1994, por lo que, respecto de tal sector (ST-1), conocido como El Algarrobico, dicho Plan anterior otorga una más intensa y mejor protección ambiental.”
ENLACE A NOTICIA
Fuente: Tele prensa Primer periódico digital de Almería
ENLACE SENTENCIA EN "EL PAIS"
Los alcaldes del Mar Menor piden una autoridad única que determine su protección y usos
Reclaman una fórmula similar a la que ya se aplica en otras regiones europeas con grandes lagos
27 / 09 / 2011 | Redacción
Los alcaldes de Cartagena, San Pedro, Los Alcázares y San Javier, han iniciado una ronda de contactos con las administraciones competentes con el objetivo de romper la estacionalidad y convertir la laguna en un referente turístico en la práctica de la vela y desde el punto de vista medioambiental y turístico. Estos alcaldes tratan de eliminar la actual dispersión de competencias existentes sobre la laguna. Según ha explicado la alcaldesa de Cartagena, Pilar Barreiro, el objetivo es el de establecer una única autoridad que determine los usos del Mar Menor, facilitando así su protección paisajística y medioambiental y su conversión en un referente del turismo de calidad.Barreiro ha señalado que estos contactos se iniciaron hace unos días en una reunión con el consejero de Turismo, a la que siguió otra ayer con el consejero de Presidencia y de Medio Ambiente; y otras en próximas fechas, con otros consejeros y autoridades con competencia en diversas materias sobre el Mar Menor.
La idea, ha precisado la alcaldesa de Cartagena, es la de poner en marcha un modelo que ya funciona con éxito en lagos de países europeos. Para ello se quiere elaborar un texto con rango de ley que fije una única autoridad sobre el Mar Menor, encargada de definir sus usos.
La actual dispersión de autoridades, a juicio de los alcaldes, impide que pueda configurarse un uso adecuado de los recursos turísticos, que convierta a la laguna en un referente turístico de primera calidad, en la práctica de la vela y desde el punto de vista medioambiental y paisajístico.
La iniciativa ha comentado Barreiro servirá para romper la actual estacionalidad, ya que el turista que viaja fuera de temporada es exigente y requiere unos servicios de calidad y la práctica de uso deportes que el Mar Menor le puede ofrecer.
FUENTE: murciaeconomia.com
El Supremo prohíbe construir casas a menos de cien metros del Mar Menor.
Da la razón a Costas en la aplicación del deslinde de Mar de Cristal y anula el permiso municipal para edificar a veinte metros del agua.
El Tribunal Supremo (TS) ha dictado una sentencia que evitará la construcción de viviendas a menos de cien metros del Mar Menor en la zona de Mar de Cristal y puede facilitar la recuperación para el dominio público de las franjas del litoral de Cartagena y del resto de Región de Murcia ocupadas por construcciones.
La resolución, dictada por un tribunal presidido por el magistrado Rafael Fernández, resuelve un recurso de casación interpuesto por la Administración General del Estado contra una sentencia del Tribunal Superior de Justicia de Murcia (TSJRM) que en 2006 dio por válida la modificación número 60 del Plan General de Ordenación Urbana (PGOU) de Cartagena. Ésta convertía en urbanizables terrenos de la mercantil Suniter SA y permitía la edificación de viviendas a una distancia de veinte metros de la línea de mar, pese a que el deslinde del dominio público-marítimo terrestre hecho por el Ministerio de Medio Ambiente en 2001 fijaba la anchura del área libre de edificios, técnicamente llamada servidumbre de protección, en cien metros.
El Ayuntamiento ha venido defendiendo que a los terrenos del área conocida como la Loma de Mar de Cristal había que aplicarles una disposición transitoria de la Ley de Costas de 1988 según la cual para determinadas autorizaciones y concesiones había que remitirse a un reglamento de 1980.
El consistorio recordaba que sentencias judiciales de este último año de la Audiencia Territorial de Albacete (entonces Murcia aún no tenía Estatuto de Autonomía) consideraban el suelo en cuestión como zona consolidada por la edificación. Y según un informe municipal, alrededor había parcelas con «los servicios exigidos por la legislación urbanística»: farolas, alcantarillado, aceras...
El Ayuntamiento añadía que antes de la entrada en vigor de la citada ley estatal, en concreto el 9 de abril de 1987, el Ayuntamiento había clasificado como suelo urbanizable programado los terrenos mediante la aprobación del Plan General de Ordenación Urbana (PGOU). En ese momento, el gobierno municipal estaba en manos del PSOE.
Sin embargo, el Alto Tribunal da ahora la razón al Ministerio, y con ello a la Demarcación de Costas del Estado en la Región de Murcia, en su demanda de que se respete la zona de tránsito con la anchura fijada en el deslinde (cien metros) y no en el planeamiento urbanístico municipal (veinte metros).
«Alterar o destruir» el litoral
El TS cita el artículo 117 de la Ley de Costas y recuerda que la determinación de la anchura de la servidumbre de protección en el planeamiento urbanístico no es competencia municipal, sino del Estado.
Según aclara la sentencia, que en el momento de entrar en vigor la Ley de Costas el suelo tuviera carácter urbano, sólo tenía repercusión de cara a fijar la anchura de la servidumbre en el deslinde, y no implicaba que la competencia fuera «local o autonómica».
A partir de ahí, añade el Alto Tribunal citando sentencias suyas previas, hay que tener en cuenta dos claves: una, que «el deslinde es un acto que vincula a la Administración y a los particulares, y no puede ser desconocido o discutido a propósito de fincas concretas»; y otra, que se burlaría el mandato del legislador si el Estado retuviera bajo su dominio la zona marítimo-terrestre, pero se «tolerase que su naturaleza y sus características fueran destruidas o alteradas».
La modificación 60 del Plan General de Cartagena fue rechazada hace ya casi nueve años por la Comunidad Autónoma. Le dijo «no» al Ayuntamiento a través de la Orden de 21 de julio de 2002 de la Consejería de Obras Públicas, Vivienda y Transportes. Ahora, el Supremo restituye esa orden regional.
El Supremo estima de manera parcial el recurso del Estado, pero mantiene el carácter urbano del suelo incluido en la modificación 60 del PGOU y por lo tanto los derechos de Suniter SA respecto al terrenos.
El TS argumenta que el Estado no ha combatido con su recurso la declaración municipal que hizo urbanos los terrenos.
Ante esta parte del fallo, la magistrada Pilar Teso emite un voto particular según el cual declarar que los terrenos eran urbanos antes de la Ley de Costas es «contrario» a lo establecido por el Estado en el deslinde de 2001 y, por lo tanto, ahora mismo hay una resolución judicial firme que dice una cosa y otra resolución administrativa también firme que indica lo contrario. Eso, advierte, «supone una quiebra de la seguridad jurídica».
La magistrada interpreta que, cuando se llevó el caso al TSJ, aunque se impugnaba el «no» de la Comunidad «lo que en realidad se pretendía era someter a un nuevo control judicial» el deslinde.
«O son urbanos o no lo son»
A su juicio, además, el Supremo da por buena una sentencia del TSJ que ya era contradictoria porque no veía procedente cambiar el Plan General pero sí consideraba que los terrenos eran suelo urbano a la entrada en vigor de la Ley de Costas.
«Las cosas son los que son, no puede ser una cosa y la contraria a la vez. Los terrenos o eran suelo urbano a la entrada en vigor de la Ley de Costas o no lo eran», señala la magistrada, quien considera que el recurso elaborado por la Abogacía del Estado sí combatía ante el Supremo el carácter urbano del suelo.
El concejal de Urbanismo, Joaquín Segado, dijo que al Ayuntamiento «le habría gustado» que la sentencia hubiera dado la razón al consistorio, y que debido a la complejidad de la resolución pedirá aclaración al Supremo sobre la forma de aplicar la resolución.
FUENTE: LA VERDAD.ES
El Tribunal Supremo (TS) ha dictado una sentencia que evitará la construcción de viviendas a menos de cien metros del Mar Menor en la zona de Mar de Cristal y puede facilitar la recuperación para el dominio público de las franjas del litoral de Cartagena y del resto de Región de Murcia ocupadas por construcciones.
La resolución, dictada por un tribunal presidido por el magistrado Rafael Fernández, resuelve un recurso de casación interpuesto por la Administración General del Estado contra una sentencia del Tribunal Superior de Justicia de Murcia (TSJRM) que en 2006 dio por válida la modificación número 60 del Plan General de Ordenación Urbana (PGOU) de Cartagena. Ésta convertía en urbanizables terrenos de la mercantil Suniter SA y permitía la edificación de viviendas a una distancia de veinte metros de la línea de mar, pese a que el deslinde del dominio público-marítimo terrestre hecho por el Ministerio de Medio Ambiente en 2001 fijaba la anchura del área libre de edificios, técnicamente llamada servidumbre de protección, en cien metros.
El Ayuntamiento ha venido defendiendo que a los terrenos del área conocida como la Loma de Mar de Cristal había que aplicarles una disposición transitoria de la Ley de Costas de 1988 según la cual para determinadas autorizaciones y concesiones había que remitirse a un reglamento de 1980.
El consistorio recordaba que sentencias judiciales de este último año de la Audiencia Territorial de Albacete (entonces Murcia aún no tenía Estatuto de Autonomía) consideraban el suelo en cuestión como zona consolidada por la edificación. Y según un informe municipal, alrededor había parcelas con «los servicios exigidos por la legislación urbanística»: farolas, alcantarillado, aceras...
El Ayuntamiento añadía que antes de la entrada en vigor de la citada ley estatal, en concreto el 9 de abril de 1987, el Ayuntamiento había clasificado como suelo urbanizable programado los terrenos mediante la aprobación del Plan General de Ordenación Urbana (PGOU). En ese momento, el gobierno municipal estaba en manos del PSOE.
Sin embargo, el Alto Tribunal da ahora la razón al Ministerio, y con ello a la Demarcación de Costas del Estado en la Región de Murcia, en su demanda de que se respete la zona de tránsito con la anchura fijada en el deslinde (cien metros) y no en el planeamiento urbanístico municipal (veinte metros).
«Alterar o destruir» el litoral
El TS cita el artículo 117 de la Ley de Costas y recuerda que la determinación de la anchura de la servidumbre de protección en el planeamiento urbanístico no es competencia municipal, sino del Estado.
Según aclara la sentencia, que en el momento de entrar en vigor la Ley de Costas el suelo tuviera carácter urbano, sólo tenía repercusión de cara a fijar la anchura de la servidumbre en el deslinde, y no implicaba que la competencia fuera «local o autonómica».
A partir de ahí, añade el Alto Tribunal citando sentencias suyas previas, hay que tener en cuenta dos claves: una, que «el deslinde es un acto que vincula a la Administración y a los particulares, y no puede ser desconocido o discutido a propósito de fincas concretas»; y otra, que se burlaría el mandato del legislador si el Estado retuviera bajo su dominio la zona marítimo-terrestre, pero se «tolerase que su naturaleza y sus características fueran destruidas o alteradas».
La modificación 60 del Plan General de Cartagena fue rechazada hace ya casi nueve años por la Comunidad Autónoma. Le dijo «no» al Ayuntamiento a través de la Orden de 21 de julio de 2002 de la Consejería de Obras Públicas, Vivienda y Transportes. Ahora, el Supremo restituye esa orden regional.
El Supremo estima de manera parcial el recurso del Estado, pero mantiene el carácter urbano del suelo incluido en la modificación 60 del PGOU y por lo tanto los derechos de Suniter SA respecto al terrenos.
El TS argumenta que el Estado no ha combatido con su recurso la declaración municipal que hizo urbanos los terrenos.
Ante esta parte del fallo, la magistrada Pilar Teso emite un voto particular según el cual declarar que los terrenos eran urbanos antes de la Ley de Costas es «contrario» a lo establecido por el Estado en el deslinde de 2001 y, por lo tanto, ahora mismo hay una resolución judicial firme que dice una cosa y otra resolución administrativa también firme que indica lo contrario. Eso, advierte, «supone una quiebra de la seguridad jurídica».
La magistrada interpreta que, cuando se llevó el caso al TSJ, aunque se impugnaba el «no» de la Comunidad «lo que en realidad se pretendía era someter a un nuevo control judicial» el deslinde.
«O son urbanos o no lo son»
A su juicio, además, el Supremo da por buena una sentencia del TSJ que ya era contradictoria porque no veía procedente cambiar el Plan General pero sí consideraba que los terrenos eran suelo urbano a la entrada en vigor de la Ley de Costas.
«Las cosas son los que son, no puede ser una cosa y la contraria a la vez. Los terrenos o eran suelo urbano a la entrada en vigor de la Ley de Costas o no lo eran», señala la magistrada, quien considera que el recurso elaborado por la Abogacía del Estado sí combatía ante el Supremo el carácter urbano del suelo.
El concejal de Urbanismo, Joaquín Segado, dijo que al Ayuntamiento «le habría gustado» que la sentencia hubiera dado la razón al consistorio, y que debido a la complejidad de la resolución pedirá aclaración al Supremo sobre la forma de aplicar la resolución.
FUENTE: LA VERDAD.ES
Suscribirse a:
Entradas (Atom)