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EL PAIS: "Bruselas frena el intento de Cañete de ampliar la caza del lobo ibérico"

La UE se opone a incluir la especie como cinegética también al sur del Duero

Medio Ambiente alega que las manadas “afectan gravemente a la ganadería”

El sindicato Asaja pide ayudas: “Si la sociedad quiere lobo, que lo pague”

El lobo ibérico está estrictamente protegido al sur del Duero. / NATURE / CORDON PRESS


El intento del ministro de Agricultura y Medio Ambiente, Miguel Arias Cañete, de extender la caza del lobo —ahora solo se puede al norte del Duero— ha recibido un jarro de agua fría en Bruselas. La Comisión Europea, que debe autorizar la consideración de la especie como cinegética, se opone a realizar ahora ese cambio y remite a una revisión de la norma aún sin fecha.

El pasado 5 de enero, un nutrido grupo de ganaderos impulsados por el sindicato Asaja se manifestó en Valladolid contra el lobo. “Ganado + lobo = ruina”, era el lema de la marcha. El secretario de Asaja en Ávila, Joaquín Antonio Pino, sostiene que los ganaderos no pueden soportar los daños del lobo. “En Ávila hace casi 100 años que no hay lobos, y ahora los ataques al ganado se han multiplicado. Donde no había lobo tiene que desaparecer porque su presencia es totalmente incompatible con la ganadería”.

Un estudio científico atribuye a perros muchos de los ataques

El lobo ibérico, confinado en los setenta a zonas de Galicia y Zamora y Sierra Morena, se ha recuperado. En 1992, la directiva europea de hábitats fijó que al sur del Duero —entonces, su barrera natural— la especie era de “estricta protección”. Al norte se podía cazar con cupos. El objetivo del plan de conservación es juntar la población del norte con la de Sierra Morena. La expansión de la especie hizo que aumentaran los conflictos con los ganaderos. Asaja estima que en 2007 en Castilla y León hubo unos 400 ataques al ganado y en 2011 unos 1.800, con unos daños que cifra en 1,5 millones de euros.

Distribución del lobo en España.

Por eso Cañete, en su primera reunión en Bruselas con el comisario de Medio Ambiente, Janez Potocnik, el pasado 8 de marzo, pidió cambiar el lobo de anexo, de forma que se pueda ampliar su caza. Según explicó Cañete a la prensa entonces, “el lobo está afectando gravemente a la actividad ganadera”. Por eso destacó “la necesidad de modificar la directiva”.

La respuesta de la Comisión, según explica una portavoz por correo electrónico, es que el cambio “de la directiva de hábitats para una sola especie solo sería posible en el marco de una revisión más amplia destinada a incluir y borrar multitud de especies en función de la evidencia científica y datos sólidos”.

Es lo que ya avisaron los ecologistas por escrito al ministerio, que nadie iba a querer abrir el melón de la directiva. Y que si España intentaba cambiar al lobo de anexo, otros Estados intentarían introducir o sacar otras especies, en un proceso que Bruselas no desea, al menos ahora.

La Comisión explica que ha encargado “un estudio sobre qué metodología sería útil en el futuro si se decide revisar las directivas europeas de protección de la naturaleza”. Hasta que ese futuro llegue —si llega—, la UE recuerda a España que la norma permite excepciones “siempre que no exista ninguna otra solución satisfactoria” para proteger al ganado. Así se autorizan ya batidas controladas por guardas de Medio Ambiente en Castilla y León pero, según los ganaderos, son insuficientes.

La especie ha colonizado zonas de la Península de las que fue expulsada

El viernes pasado, el ministerio declinó explicar a este diario la negativa de Bruselas. Ayer, en una declaración ante la prensa tras votar en Jerez en las elecciones autonómicas andaluzas, Cañete volvió a defender su idea de ampliar la caza del lobo.

El plan es un empeño recurrente de Castilla y León. En 2008, la Junta aprobó un decreto que permitía el control cinegético al sur del Duero, pero el Tribunal Superior de la comunidad anuló la norma un año después por vulnerar la norma europea. En 2011, el Senado pidió por unanimidad ampliar la caza al sur.

Ecologistas en Acción, SEO/Birdlife y WWF consideraron “completamente equivocada” la petición de Cañete a la Comisión Europea. Alberto Fernández, de la Asociación para la Conservación y Estudio del Lobo Ibérico (Ascel), minimiza los ataques. “Es un argumento pueril. Los ganaderos tienen muchos problemas pero, según sus datos, la mortalidad del ganado por el lobo es del 0,5%, algo que es mínimo”.

El problema es que Castilla y León, al contrario que otras comunidades, no tiene establecido un sistema de compensación directa por daños del ganado. Es una reivindicación histórica de los ganaderos. “Si la sociedad quiere medio ambiente, si la sociedad quiere lobo, que lo pague”, resume el responsable de Asaja.

Además, hay dudas sobre cuántos de los ataques se deben al lobo y cuántos a perros asilvestrados. Un estudio de investigadores de la Estación Biológica de Doñana (del Consejo Superior de Investigaciones Científicas) concluyó en 2010 que la mayoría de los ataques atribuidos al lobo en el País Vasco eran en realidad de perros.

Jorge Echegaray, uno de los autores del trabajo, explica que “la existencia de daños a la ganadería no está relacionada con el número de lobos sino con el tipo de manejo ganadero”. Es decir, que con perros adiestrados, vallados, pastores y vigilancia nocturna se evitan los ataques.

Y relativiza la situación: “El 90% de los ganaderos asturianos [...] apenas acumula cuatro expedientes anuales por daños”. Echegaray añade en un correo: “El balance evidente es que el coste económico del lobo para la ganadería es más que asumible, y además es posible reducirlo. Los ganaderos tienen serios problemas de todo tipo, pero desde luego el lobo no es el mayor, aunque si es un buen argumento para el llanto y para hacerse notar”. Y concluye que no se puede dar la batalla por la supervivencia del lobo por ganada: “El futuro de los lobos ibéricos en España y Portugal depende de apenas 500-650 individuos reproductores distribuidos en al menos 254 manadas”. El lobo ha crecido, sí. Pero aún ocupa menos del 25% del espacio que tenía a principios del siglo XX, cuando se podía encontrar en toda la Península.


FUENTE: EL PAIS

EUROPA PRESS.ES: La Comisión Europea reitera la "ilegalidad" de la caza con parany.

La Comisión Europea reitera la "ilegalidad" de la caza con parany.
La Comisión Europea ha reiterado la "ilegalidad" de la caza con parany en una respuesta a una pregunta realizada por el eurodiputado de Iniciativa, Raül Romeva, en la que pedía a la institución que especificase las medidas que pensaba adoptar para cumplir la Directiva de Aves 2009/147/CE "ante la flagrante permisividad de las autoridades españolas con la práctica de la caza con parany".

La CE explica en su respuesta que la caza con liga mediante el método conocido como parany se utilizaba tradicionalmente en la Comunidad Valenciana y otras regiones para capturar pájaros de la familia Turdidae, así como que en España se pueden cazar varias especies de esta familia, pero no con el método citado, que es contrario a la Directiva 2009/147/CE, por lo que la captura de estos pájaros "solo puede autorizarse cuando los Estados miembros garantizan que su caza no pone en peligro los esfuerzos de conservación realizados en su zona de distribución".

La Comisión Europea recuerda que interpuso una demanda contra España ante el Tribunal de Justicia de la Unión Europea por permitir la caza con parany en la Comunitat Valenciana. En su sentencia de 9 de diciembre de 2004 en el asunto C-79/03, el Tribunal declaró que España había incumplido las obligaciones que le incumbían en virtud de la Directiva sobre las aves al permitir la caza con liga en dicha comunidad.

Como resultado de ello, el Decreto 135/2000, que permitía la caza con liga, fue sustituido en 2004 por una nueva norma autonómica --la Ley 13/2004, de 27 de diciembre-- que prohíbe ese tipo de caza. Una modificación posterior de esa Ley, por la que se autorizaba de nuevo la caza con liga en determinadas circunstancias, fue suspendida por el Tribunal Constitucional español a petición de las autoridades centrales españolas, recuerda la Comisión.

Así, la CE señala que, de acuerdo con la legislación autonómica y nacional, la caza con liga sigue siendo ilegal en la actualidad, y añade que, aunque garantizar la aplicación y el cumplimiento de la legislación nacional "incumbe fundamentalmente a los Estados miembros", va a plantear esta cuestión a las autoridades competentes.


FUENTE: EUROPA PRESS.ES

SEO: "El Parlament de Catalunya aprueba una norma ilegal que causará la captura de 60.000 aves"

30/11/2011


• El Parlament de Catalunya ratifica un Decreto Ley para la captura de aves fringílidas aunque fue informado en repetidas ocasiones de la ilegalidad de la norma aprobada.

• SEO/BirdLife envió a todos los miembros de la cámara un contundente informe en el que se demuestra que el DECRET LLEI 2/2011 aprobado, contraviene la Directiva de Aves (92/43/CEE) y la Ley 42/2007 de Patrimonio Natural y Biodiversidad.

Todos los parlamentarios estaban informados de la ilegalidad de la práctica que autoriza este Decreto Ley, incluso algunos de ellos presentaron los informes enviados por SEO/BirdLife poniendo de manifiesto las sentencias del Tribunal de Justicia de las Comunidades Europeas contra esta práctica y los informes de los propios técnicos de caza de la Generalitat y de la Secretaria General Técnica del Ministerio de Medio Ambiente y Medio Rural y Marino (MARM), pero el Parlament de Catalunya ha ratificado, con los votos a favor de CIU, PP y el PSC, este Decreto y se autorizará la captura de 60.000 aves en el territorio autonómico.

Ante esta situación SEO/BirdLife, junto a otras organizaciones ambientales, enviará una queja formal a la Comisión Europea para que inicie un expediente de infracción contra Catalunya y una solicitud al Gobierno de España y a la Defensora del Pueblo para que recurran esta norma ante el Tribunal constitucional.

La ratificación de este Decreto Ley, plantea ahora varias cuestiones políticas y económicas: ¿de qué valen los informes técnicos realizados por los expertos de las comunidades autónomas o del MARM si no se utilizan o no se tienen en cuenta?, ¿quién pagará las multas impuestas por los tribunales europeos por este tipo de infracciones?, ¿los ciudadanos o los parlamentarios que con su voto aprobaron leyes que son ilegales?, ¿es legítimo que los gobiernos autonómicos eliminen la opción a la participación pública y el control de los tribunales al aprobar con rango de Ley aquellos aspectos que vulneran las leyes nacionales o europeas como ha hecho el gobierno de la Generalitat en esta ocasión?

Para esta acción SEO/BirdLife ha trabajado con las siguientes entidades ambientales: ADENC-EdC, Associació de Naturalistes de Girona-EdC, CEPA-EdC, DEPANA, Ecologistes en Acció de Catalunya (EeAC), Ecologistes de Catalunya (EdC), Grup de Defensa del Ter-EdC, Grup Naturalistes d’Osona, IAEDEN-EdC, IPCENA-EdC, SEO/BirdLife, WWF.

Actualmente, SEO/BirdLife realiza una campaña contra la caza ilegal de aves en España, que intenta acabar con este tipo de prácticas mediante la sensibilización de los ciudadanos y el cumplimiento de la legislación vigente.

La documentación remitida a todos los parlamentarios puede descargarse del siguiente enlace: http://www.seo.org/programa_seccion_ficha.cfm?idPrograma=24&idArticulo=6054

FUENTE: Sociedad Española de Ornitología (SEO)

El TSJ suspende la temporada de caza menor en Castilla y León


18 de noviembre, Castilla y León

|Ecologistas en Acción reclama a la Junta de Castilla y León una norma que regule la actividad cinegética con criterios de sostenibilidad, conforme a la Directiva Comunitaria de Aves.

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Auto suspensión orden anual de caza

La Sala de lo Contencioso-Administrativo del Tribunal Superior de Justicia de Castilla y León con sede en Valladolid ha acordado, mediante Auto 1026/2011, la suspensión, como medida cautelar, de los artículos 2.1, 3, 6.1 y 9.1 de la Orden MAM/867/2011, de 24 de junio, por la que se aprueba la Orden Anual de Caza, durante la tramitación y resolución definitiva del recurso promovido por Ecologistas en Acción de Castilla y León.

Esta misma Sala, como precedente jurisdiccional, ya dictó el 18 de abril de 2008 la Sentencia nº 642 contra la Orden de 27 de julio de 2002 por la que aprobaba la Orden Anual de Caza de ese año, declarando nulos de pleno derecho los mismos artículos, que en su contenido eran idénticos a los suspendidos por el Auto actual. El motivo de la anulación judicial era la ausencia de un marco normativo superior que tenga en cuenta los conocimientos científicos sobre los periodos de reproducción y migración de las especies a las que se puede cazar, conforme a la Directiva comunitaria de Aves.

Los responsables de la Consejería de Medio Ambiente, lejos de cumplir los postulados del Tribunal, han seguido dictando, con contumacia reiterativa y con pleno conocimiento desde entonces, Ordenes anuales de caza con los mismos artículos y contenidos iguales a los declarados nulos de pleno derecho.

Ecologistas en Acción como miembro del Consejo Caza de Castilla y León, año tras año ha reiterado la obligatoriedad de la Consejería de cumplir las resoluciones judiciales, con sometimiento pleno a la Ley y al Derecho para servir con objetividad a los intereses generales.

La trascendencia del auto, de obligado e inmediato cumplimiento, conlleva la suspensión del artículo 2.1, excluyendo como especies cazables todas las especies enumeradas para la caza menor. Por tanto, la temporada de la caza menor en Castilla y León, que finaliza el último domingo de enero, queda suspendida desde este fin de semana hasta que se dicte resolución judicial.

Para la medida cautelar solicitada en la media veda, artículo 6.1 y 3, la suspensión ya llega tarde, al haber concluido su periodo hábil:

  • Al periodo de indefensión de las especies a consecuencia de la sequia, se suman los datos alarmantes de población para especies como la tórtola europea, que ha disminuido un 39% en la zona centro, la codorniz con una disminución del 53%, según los datos de SEO/Birdlife 2009/2010 del Programa de Seguimiento del Ministerio de Medio Ambiente y Medio Rural y Marino.
  • Unos cupos establecidos por cazador y día de 35 piezas para la codorniz y 8 para la tórtola muestran con crudeza una gestión totalmente ajena a criterios de sostenibilidad en la práctica cinegética.

Por último, el TSJ anula el artículo 9.1 de la citada Orden, de control de las especies cinegéticas que puedan ocasionar daños importantes a cultivos, ganado, bosques, caza, pesca, especies protegidas, instalaciones, o a la salud y seguridad de las personas, para las especies: estornino pinto, urraca, grajilla y corneja.

Las resoluciones judiciales exigen el establecimiento de un régimen general mediante una norma con rango adecuado de conformidad con la Directiva Comunitaria de Aves, que respete las exigencias de publicidad, claridad y de certidumbre en el procedimiento de concesión de las excepciones.

La Junta de Castilla y León puede autorizar la captura o muerte de las aves de la Directiva fuera de la temporada de caza por una serie limitada de razones, para no convertir en general lo excepcional. Sin embargo, las excepciones sólo pueden aplicarse cuando no exista ninguna solución alternativa (por ejemplo cazarlas en periodo hábil).

En cumplimiento de la orden judicial, desde este fin de semana no podrá practicarse la caza menor en Castilla y León, hasta el final de la temporada, en enero. Ecologistas en Acción exige el cumplimiento estricto e inmediato del contenido del Auto Judicial, y en caso contrario pedirá al TSJ responsabilidades personales al Consejero de Fomento y Medio Ambiente.


FUENTE: ECOLOGISTAS EN ACCIÓN

Publicados Acuerdos de la Conferencia Sectorial de Medio Ambiente

Resolución de 21 de septiembre de 2011, de la Secretaría de Estado de Cambio Climático, por la que se publican los Acuerdos de la Conferencia Sectorial de Medio Ambiente en materia de patrimonio natural y biodiversidad (BOE nº 244, de 10/10/2011).

La Conferencia Sectorial de Medio Ambiente celebrada en Madrid el 13 de julio de 2011, aprobó los siguientes puntos del orden del día:

a) Directrices de conservación de la Red Natura 2000.
(Disponible en http://www.marm.es/es/biodiversidad/temas/red-natura- 2000/documentos-claves-de-la-red-natura-2000/)

b) Directrices técnicas para la gestión de la alimentación de especies necrófagas en España.
(Disponible en http://www.marm.es/es/biodiversidad/temas/conservacion-de-especies-amenazadas/directrices_ley_42_2007.aspx)

c) Directrices técnicas para la adaptación de la extracción de fringílidos del medio natural al artículo 9 de la Directiva Aves 2009/147/CE.
(Disponible en http://www.marm.es/es/biodiversidad/temas/conservacion-de-especies-amenazadas/directrices_ley_42_2007.aspx)

d) Directrices técnicas para la captura de especies cinegéticas predadoras: homologación de métodos de captura y acreditación de usuarios.
(Disponible en http://www.marm.es/es/biodiversidad/temas/conservacion-de-especies-amenazadas/directrices_ley_42_2007.aspx)

e) Proyecto de reintroducción del grévol (Bonasa bonasia) en el Valle de Arán, Cataluña.
(Disponible en http://www.marm.es/es/biodiversidad/planes-y-estrategias/)