Admisión de un recurso contra el Decreto de Zonas Especial Conservación | Ecologistas en Acción

  • El TSJ de la Comunitat Valenciana acepta a trámite el recurso contencioso administrativo contra el decreto 192/2014 por el que se declaran Zonas de Especial Conservación 10 LIC y se aprueban las normas de gestión de esos espacios naturales protegidos, pertenecientes a la Red Natura 2000, y que a su vez gozan de alguna protección adicional al amparo de la ley 11/1994 (parques naturales, paisaje protegido, paraje natural).
  • Ese decreto supone la consolidación de la desprotección de 319.280 hectáreas, el 12,39% del territorio valenciano incluidas en las zonas de amortiguación de los parques naturales.

El Decreto 192/2014, de 14 de noviembre, del Consell aprobó las Normas de Gestión de 10 espacios naturales protegidos incluidos en la Red Natura 2000, que a su vez gozan de una figura de protección autonómica establecida por la Ley 11/1994 de espacios naturales de la Comunitat Valenciana. Es el caso de los Parques Naturales de la Comunitat Valenciana (El Fondó d'Elx-Crevillent, Marjal Pego-Oliva, Lagunas de La Mata y Torrevieja, Sierras de Mariola y el Carrascar de la Font Roja, Sierra Calderona, Salinas de Santa Pola, Serra d'Espadà, Hoces del Cabriel, ), Paraje Natural (Desert de Les Palmes) o Paisaje Protegido (Desembocadura del Río Mijares). Ecologistas en Acción del País Valenciano presentó el correspondiente recurso contencioso administrativo contra ese Decreto y la Sección Primera de la Sala de lo Contencioso del TSJ lo ha admitido a trámite con fecha de 16 de enero de 2015.

Esas Normas de Gestión de todos los espacios de la Red Europea de espacios protegidos, que deberían haberse aprobado antes de agosto de 2012 según la normativa europea y estatal, convalidan los Planes de Ordenación de los Recursos Naturales (PORN) y los Planes rectores de Uso y Gestión (PRUG) como las Normas de Gestión de esos espacios [1]. En el Proyecto de Decreto sometido a información pública, las zonas periféricas de esos espacios se regulaban por los PORN aprobados para cada espacio específico, atendiendo a su especificidad y valores ambientales presentes en cada lugar. Sin embargo la Ley de Acompañamiento de los presupuestos de la Generalitat para 2014 (Ley 5/2013) modificó de un plumazo todos los PORN con la excusa de una simplificación administrativa, rebajando el grado de protección de las mismas. Esa modificación de tanto calado no fue sometida al preceptivo trámite de información pública ni a evaluación ambiental.

Los Planes de Ordenación de los Recursos Naturales vigentes antes de esta modificación contenían una pormenorizada regulación de los usos en la totalidad de sus ámbitos, en general muy superiores a las superficies de los parques naturales. Dicha normativa constituía un todo interdependiente e integrado, específico y adaptado a las particularidades de cada espacio. Con la modificación, todas las áreas periféricas de protección, con independencia de su situación y de cuáles son sus características y sus funciones ambientales concretas, han pasado a tener una exigua e insuficiente regulación.

La suma de las superficies de las áreas de amortiguación de impactos de los parques naturales valencianos que han visto alterada y reducida su normativa de protección asciende a un total de 319.280,25 hectáreas (el 12,39% del territorio valenciano).

Ecologistas en Acción del País Valenciano ya presentó en septiembre de 2014 una denuncia ante la Comisión Europea, que también fue admitida a trámite.

http://www.ecologistasenaccion.org/article29324.html

No hay comentarios:

Publicar un comentario